Art. 2
Se convocará al concurso de méritos de Ayudantías de Cátedra, en base al requerimiento presentado por la Carrera, en función de las necesidades planteadas por los rofesores titulares; para lo cual adjuntarán la planificación correspondiente.
Art. 3
Se considera Ayudante de Cátedra al estudiante o al egresado de una de las Facultades de la Universidad Politécnica Salesiana que realiza actividades de apoyo a los Profesores en el desarrollo de las funciones de docencia, al mismo tiempo que realizan y/o culminan su proceso de formación profesional, previo justificativo del Consejo Directivo Académico de Facultad.
Art. 4
Las actividades que realicen los ayudantes de cátedra, deberán ser autorizadas por los Directores de Carrera y coordinadas por los Profesores Titulares de la Universidad, y pueden ser:
a) Asesorar en el desarrollo de los trabajos que realicen los estudiantes, individual o colectivamente; y que hayan sido enviados por los Profesores Titulares de la materia correspondiente.
b) Apoyar la investigación, revisión y preparación del material bibliográfico que el Profesor requiera entregar a sus estudiantes.
c) Realizar las tutorías que le sean encomendadas.
d) Sistematizar de información basada en los trabajos presentados por los estudiantes para la elaboración de un documento final.
e) Apoyar al Profesor en los procesos de investigación académica que hayan sido aprobados por el Consejo Directivo Académico de Facultad.
f) Asistir en la coordinación, supervisión y desarrollo de las actividades y proyectos vinculados al área de prácticas preprofesionales de los/as estudiantes, dentro de la propuesta curricular de la Carrera, de acuerdo a los documentos que existieren para tal efecto.
Art. 5
Para ser ayudante de Cátedra se requiere.
a) Ser egresado o estudiante de los dos últimos ciclos de una de las Facultades de la Universidad Politécnica Salesiana.
b) Tener un promedio general de 80% y mínimo de 90% en las notas de las materias o área en la que va a desarrollar la ayudantía.
Art. 6
Los aspirantes que deseen ingresar al ejercicio de la ayudantía de cátedra, participarán en el concurso de méritos que debe convocar el Consejo Directivo Académico de Facultad sea por invitación personal y/o en caso de requerirlo a través de una convocatoria pública.
Art. 7
La comisión encargada de realizar el concurso actuará de acuerdo a lo que se establece en el Art. 8 del Reglamento del Personal Académico y Escalafón Docente de la Universidad Politécnica Salesiana.
Art. 8
Los aspirantes se inscribirán en la Secretaría de Campus respectiva dentro del plazo de los 8 días contados a partir de la convocatoria, presentando los siguientes documentos:
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad en la que se precise el área o materia del concurso, avalizada por el profesor de la cátedra solicitante de acuerdo al plan curricular conocido por el Consejo de Carrera, enumerando los documentos que se adjunta;
b) Fotocopia certificada del currículum estudiantil o record académico.
c) En el caso de egresados, certificado que lo acredite como tal.
d) Certificaciones de Seminarios, Talleres o Cursos que haya realizado el concursante.
e) Fotocopia del documento de Identidad.
Art. 9
La comisión encargada para realizar el concurso, procederá a estudiar los documentos de los aspirantes, declarar la idoneidad de los mismos, calificar los méritos y declarar a los triunfadores.
Art. 10
El Vicerrector de Sede, con los resultados del concurso, autorizará al Departamento de Gestión del Talento Humano la contratación del/la ayudante de cátedra. El contrato será específico para la ayudantía de cátedra y bajo la figura de contrato por horas. El contrato será por un semestre completo y por el número de horas que haya sido solicitado por el Consejo de Carrera, que en ningún caso podrá ser menor a 10 horas o superior a 15 horas por semana. El/la ayudante podrá ser contratado/a por un solo semestre adicional a pedido del Consejo de Carrera, en una misma cátedra.